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Iniciativa para modificar código familiar a favor de los concubinos en materia de tutela.

  • Odeth Vera
  • 2 jun 2017
  • 3 Min. de lectura

La diputada Beatriz Vícera Alatriste busca eliminar discriminación a la mujer.

La diputada Beatriz Vicera Alatriste presentó iniciativa para reformar diversos artículos del Código Familiar para el Estado de Morelos, para que las concubinas y concubinos gocen de las mismas responsabilidades y derechos en el tema de tutela de menores o incapacitados para cuidarse por sí mismos. En la propuesta que se hizo del conocimiento del Pleno durante la pasada sesión ordinaria, la Presidenta de la Mesa Directiva indicó que los derechos de tutela para con la pareja, ya sea él o ella, no están garantizados para los concubinos, en especial las mujeres, por señalar que no hay capacidad de tener los cuidados y la fuerza proveedora del hogar, quedando en manos de sus hijos mayores o sus padres, y no al cuidado de su pareja sentimental por no estar casados según la actual ley. Expuso que, “en la tutela de un mayor de edad incapaz, en caso de ser casado, obviamente se preferirá en el ejercicio de la misma a su cónyuge, por ser la persona más cercana al incapaz, con la que convivía el día a día hasta antes del momento en que perdió la lucidez”. En tanto, “se excluye de esta preferencia natural para desempeñar el cargo de tutor del incapaz en nuestro Código Familiar a la concubina o concubino que, para el caso que nos ocupa, tiene la misma cercanía y relación sentimental con el incapaz que un cónyuge, lo cual significa una grave discriminación hacia las parejas de este tipo, en perjuicio, principalmente de la persona incapaz, ya que tienen preferencia para desempeñar la tutela, los ascendientes, los hijos mayores o los hermanos”, señaló. La diputada Beatriz Vícera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, explicó que “los artículos en materia de la presente reforma, contienen expresiones discriminatorias a las mujeres, remanentes de una época en la que se consideraba al género femenino menos capaz que los hombres para desempeñar algunas actividades, en este caso la de tutor, situación que por supuesto la suscrita no puedo pasar por alto y también propongo su modificación”. La legisladora propone reformar el primer párrafo del Artículo 263, las fracciones I y IV del artículo 274 y el artículo 329, todos del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos. En el artículo 263, sobre la duración del cargo de tutor, se propone aumentar “o Concubino” después de cónyuge, para incluirlo en esos derechos; en el artículo 274, sobre Sujetos preferenciales para el desempeño de la tutela legítima, en su fracción primera se plantea aumentar las palabras concubina (o) quedando así: Al cónyuge, “concubina o concubino” si lo hubiere… Además, en el artículo 329, sobre cónyuge “o concubino” tutor del otro incapaz; se aumentaría el termino concubino después de Cónyuge, para quedar de la siguiente forma: Cuando el tutor de un incapaz sea el cónyuge “o concubino”, continuará ejerciendo los derechos conyugales o inherentes al concubinato, con las siguientes modificaciones: En la fracción I.- En los casos en que conforme a derecho fuera necesario el consentimiento del consorte o concubino, se suplirá éste por el Juez… etc. Y en la fracción II.- En los casos en que el cónyuge “o concubino” incapaz pueda querellarse del otro, denunciarlo… etc. La iniciativa de la diputada Beatriz Vícera fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, para su análisis y dictamen.

 
 
 

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